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Solicitud de celebración de espectáculos públicos, actividades recreativas y festejos populares.



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción Se ha de solicitar autorización para la celebración de festejos y espectáculos en el ámbito del municipio.
Forma de inicio Instancia de parte.
Sujeto Asociaciones de festejos, de vecinos, culturales o sus representantes, y aquellas otras personas físicas o jurídicas promotoras de la actividad.
Plazo de presentación Con la suficiente antelación para la tramitación del expediente. (aproximadamente 1 mes).
Lugar de presentación -De forma presencial, en el Registro General del Ayuntamiento de Aller sito en Avenida Constitución, 1 33686 Cabañaquinta . Aller. Asturias o en Tenencia de Alcaldía (Moreda) .Avd. Constitución, 33. 33670 Moreda de Aller, aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
- Por correo dirigido al Registro General del Ayuntamiento (Cabañaquinta) o en Tenencia de Alcaldía (Moreda) incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
- A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido.
- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
-En los demás supuestos contemplados en el art. 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tributos En el momento de la presentación de solicitud de la ocupación se abonará la cuantía prevista en la ordenanza fiscal 1.0 relativa a permisos para espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter eventual. 18 euros.
Quedan excluidas cuando la actividad esté financiada o patrocinada por el Ayuntamiento de Aller a través de asociaciones vecinales, culturales o asimiladas.
Órgano gestor Negociado de Asuntos Generales.
Órgano que resuelve Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación 3 meses.
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio.
Observaciones En la instancia se ha de especificar la condición de representante de la Comisión de Festejos, Asociaciones de Vecinos, entidades organizadoras, etc.
Legislacion en virtud de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Efectossilencio desestimada
Plazosilencio 3 meses

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Certificado de seguridad de las instalaciones firmado por técnico competente e INDICACIÓN DEL AFORO DE LA CARPA.: Certificado de seguridad de las instalaciones firmado por técnico competente e INDICACIÓN DEL AFORO DE LA CARPA. Obligatorio Ambas
Condiciones o medidas correctoras técnicas, de seguridad, accesibilidad, aislamiento acústico, protección contra incendios e higiene necesarios para garantizar la seguridad y protección de personas, bienes y, en particular, del público asistente, así: Condiciones o medidas correctoras técnicas, de seguridad, accesibilidad, aislamiento acústico, protección contra incendios e higiene necesarios para garantizar la seguridad y protección de personas, bienes y, en particular, del público asistente, así como para evitar molestias a terceros, y efectos negativos para el entorno, a través de certificación suscrita por técnico competente y visado por su correspondiente colegio oficial. Opcional Ambas
Determinación del número de espectadores o asistentes que hayan de constituir el aforo máximo del local. En concentraciones superiores a 100 personas, la empresa deberá disponer de personal encargado de vigilancia al que encomendará el buen orden en : Determinación del número de espectadores o asistentes que hayan de constituir el aforo máximo del local. En concentraciones superiores a 100 personas, la empresa deberá disponer de personal encargado de vigilancia al que encomendará el buen orden en el desarrollo del espectáculo. Opcional Ambas
En el caso de que se pretenda la instalación de atracciones de feria, se acompañará a la solicitud relación de feriantes, así como póliza de seguro de responsabilidad civil de cada una de las atracciones, justificante del pago del seguro y certificad: En el caso de que se pretenda la instalación de atracciones de feria, se acompañará a la solicitud relación de feriantes, así como póliza de seguro de responsabilidad civil de cada una de las atracciones, justificante del pago del seguro y certificado de verificación técnica de la atracción. Opcional Ambas
En el caso de que se tratara de una finca de propiedad privada, autorización del propietario: En el caso de que se tratara de una finca de propiedad privada, autorización del propietario Opcional Ambas
Fotocopia del seguro de responsabilidad civil del promotor de la actividad. Con las siguientes cuantías mínimas:
a) Hasta 300 personas de aforo : 150.253, 03 euros
b) Entre 301 y 1500 personas de aforo: 300.507euros
c) Entre 1501 y 5000 personas d:
Fotocopia del seguro de responsabilidad civil del promotor de la actividad. Con las siguientes cuantías mínimas:
a) Hasta 300 personas de aforo : 150.253, 03 euros
b) Entre 301 y 1500 personas de aforo: 300.507euros
c) Entre 1501 y 5000 personas de aforo: 450.000 euros
(Los capitales mínimos serán incrementados a razón de 60.000 euros por cada 5000 personas de aforo o fracción de este)(Las franquicias se ajustarán a lo dispuesto en el art 2.4 del decreto 38/07, de 12 de abril del Principado de Asturias).
Obligatorio Ambas
Justificante de pago de prima de seguro: Justificante de pago de prima de seguro Obligatorio Ambas
Plan de emergencia.: Plan de emergencia. Opcional Ambas
Plano de situación del lugar donde se pretende celebrar el festejo: Plano de situación del lugar donde se pretende celebrar el festejo Obligatorio Ambas
Programa del festejo: Programa del festejo Obligatorio Ambas
Reintegro de la ordenanza fiscal nº 1.01. y 1.20.: Reintegro de la ordenanza fiscal nº 1.01. y 1.20. Obligatorio Ambas
Solicitud de celebración de espectáculos públicos, actividades recreativas y festejos populares, debidamente cumplimentada: Solicitud de celebración de espectáculos públicos, actividades recreativas y festejos populares, debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 11/2007 Ley 11/2007 Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
Otras Aquella otra aplicable al supuesto
Ley 4/2003 Ley 4/2003, de 26 de febrero, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos
D 91/2004 Decreto 91/2004, de 11 de noviembre, por el que se establece el catalogo de espectáculos públicos, actividades y los establecimientos, locales e instalaciones públicas del Principado de Asturias.
Ley 40/2015 Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público
D 38/2007 Decreto 38/2007 de 12 de abril por el que se regulan las condiciones de los seguros obligatorios de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas del Principado.
RD 2816/1982 Real Decreto 2816/1982 por el que se aprueba el Reglamento General de Policía, Espectáculos Públicas y Actividades Recreativas
LPI Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RD Legislativo 1/1996, de 2 de abril
Ley Orgánica 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 39/2015 Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común
L 8/2002 Ley 8/2002, de 21 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas del Principado de Asturias

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
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